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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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article_label: "Artículo 33"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 33

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL BIENESTAR DE LOS ANIMALES, IMPORTACIÓN, TRÁNSITO INTERNACIONAL Y EXPORTACIÓN
- CAPÍTULO II - DE LA IMPORTACIÓN, TRÁNSITO INTERNACIONAL Y EXPORTACIÓN

```text
Artículo 33. Para efectos de la determinación conjunta de los puntos de ingreso a que se refiere el artículo 37 de la Ley, se deberán tomar en cuenta los siguientes criterios: infraestructura, materiales, equipos, personal, condiciones para la inspección y certificación del cumplimiento de disposiciones de sanidad animal y de reducción de riesgos de contaminación aplicables, así como el riesgo zoosanitario asociado.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 33.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
