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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal - Artículo 350

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO - DE LOS INCENTIVOS, DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y ANÁLISIS DE RIESGO
- CAPÍTULO II - DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

```text
Artículo 350. Toda notificación se concentrará en bases de datos sistematizadas, que permitan realizar su análisis y evaluación epidemiológica; contribuir a la elaboración de análisis de riesgo, documentos de regionalización y compartimentación, así como proponer y evaluar la aplicación y el establecimiento de medidas zoosanitarias y activar, en su caso, el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal, artículo 350.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
