---
regulation_key: "Reg_LFSP"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "59"
article_label: "Artículo 59"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFSP"
canonical_path: "/Reg_LFSP/articulo/59/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada - Artículo 59

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES
- CAPÍTULO II - DE LAS SANCIONES

```text
Artículo 59.- El cumplimiento de las sanciones impuestas es de orden público y de observancia obligatoria.

Las sanciones impuestas por la Dirección General, serán inscritas en el Registro Nacional.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada, artículo 59.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
