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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada - Artículo 61

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES
- CAPÍTULO II - DE LAS SANCIONES

```text
Artículo 61.- Las resoluciones por las que la Dirección aplique sanciones administrativas, deberán estar debidamente fundadas y motivadas considerando:

I.	La gravedad de la infracción en que se incurre y la conveniencia de suprimir prácticas que infrinjan, en cualquier forma, las disposiciones de este Reglamento o las que se dicten con base en éste;

II.	Los antecedentes y condiciones personales del infractor;

III.	La antigüedad en la prestación del servicio;

IV.	La reincidencia en la comisión de infracciones, y

V.	El monto del beneficio obtenido o, en su caso, el daño o perjuicio económicos que se hayan causado a terceros.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada, artículo 61.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
