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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal - Artículo 11

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS ORGANISMOS AUXILIARES Y DEL CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO FITOSANITARIO
- CAPÍTULO I - DE LOS ORGANISMOS AUXILIARES

```text
Artículo 11. Los Organismos Auxiliares deberán contar con indicadores establecidos por la Secretaría que permitan evaluar el cumplimiento de las metas establecidas en las Medidas Fitosanitarias relacionadas con la operación de las Campañas Fitosanitarias, de los programas fitosanitarios, así como de los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, a fin de verificar el desempeño del Organismo Auxiliar.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, artículo 11.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSV.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
