---
regulation_key: "Reg_LFSV"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "155"
article_label: "Artículo 155"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFSV"
canonical_path: "/Reg_LFSV/articulo/155/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal - Artículo 155

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LA APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN
- CAPÍTULO III - DE LA AUTORIZACIÓN DE LOS TERCEROS ESPECIALISTAS Y DE LOS PROFESIONALES FITOSANITARIOS AUTORIZADOS

```text
Artículo 155. Los aspirantes a obtener la autorización como Terceros Especialistas en la evaluación de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, además de cumplir con la información y documentación señalada en el artículo 154 del presente Reglamento, deberán presentar a la Secretaría los documentos siguientes:

I.	El manual de procedimientos de auditoría a sus Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales;

II.	El informe de la infraestructura y material con que cuenta para evaluar los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, y

III.	Contar con la certificación de la calidad de sus procesos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, artículo 155.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFSV.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
