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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental - Artículo 32

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo V - Información reservada

```text
Artículo 32. Los índices de expedientes clasificados como reservados serán información pública, sujeta a las obligaciones de disponibilidad y acceso establecidas por la Ley y este Reglamento. Estos índices deberán contener:

I.	El rubro temático,

II.	La unidad administrativa que generó, obtuvo, adquirió, transformó o conserva la información;

III.	La fecha de la clasificación;

IV.	El fundamento legal;

V.	El plazo de reserva, y

VI.	Las partes de los expedientes o documentos que se reservan, en su caso.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, artículo 32.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
