---
regulation_key: "Reg_LFTAIPG"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "transitorio-decimo-primero"
article_label: "Transitorio DÉCIMO PRIMERO"
article_type: "transitory"
canonical_path: "/Reg_LFTAIPG/articulo/transitorio-decimo-primero/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental - Transitorio DÉCIMO PRIMERO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
DÉCIMO PRIMERO. En tanto se aprueban por el Congreso de la Unión los derechos aplicables a las cuotas de acceso a que se refiere el artículo 27 de la Ley, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá a más tardar, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor de este Reglamento, un procedimiento sencillo y expedito para que las dependencias y entidades puedan cobrar los costos de reproducción de la información.

El procedimiento precisará los montos máximos que las dependencias y entidades podrán cobrar y tenderá a cumplir con los objetivos planteados en el artículo 55 del Reglamento. Las modalidades de reproducción por las que se podrán cobrar las cuotas de acceso, serán las referidas en los artículos 51 y 52 de este Reglamento.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diez días del mes de junio de dos mil tres.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, artículo transitorio-decimo-primero.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
