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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como Reserva del Estado"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como Reserva del Estado - Artículo 22

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - De la Terminación de la Capacidad Satelital como Reserva del Estado

```text
Artículo 22. La obligación de las personas titulares de la Concesión o Autorización de suministrar la CSRE concluye:

I.	Por vencimiento del plazo de vigencia o, en su caso, su prórroga de la Concesión o Autorización, o

II.	Por caso fortuito o de fuerza mayor, que tenga como consecuencia la revocación, pérdida o terminación anticipada de la Concesión o Autorización respectiva, declarada por el Instituto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como Reserva del Estado, artículo 22.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
