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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales - Artículo 29

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS AUTORIDADES Y LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN
- Sección V - De la Coordinación entre las Dependencias y Entidades

```text
Artículo 29.- Las Dependencias y Entidades establecerán una coordinación permanente en sus acciones para asegurar la puesta en marcha y operación de las Zonas y el desarrollo de su Área de Influencia, y en los términos previstos en los Acuerdos de la Comisión Intersecretarial, así como del Programa de Desarrollo.

Los Acuerdos de la Comisión Intersecretarial y el Programa de Desarrollo deberán establecer los plazos para su cumplimiento y son obligatorios para los Dependencias y Entidades integrantes de dicha Comisión.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales, artículo 29.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFZEE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
