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# REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales - Artículo 22

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO OCTAVO - DE LA VINCULACIÓN INTERNACIONAL

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Artículo 22.- Las acciones previstas en el artículo 42 de la Ley, deberán llevarse a cabo atendiendo a la diversidad cultural, con pleno respeto a la libertad de creación, y tomando como principios normativos la cooperación internacional, así como el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, artículo 22.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCDC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
