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# REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte - Artículo 139

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LA COMISIÓN DE APELACIÓN Y ARBITRAJE DEL DEPORTE Y DE LOS MÉTODOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL DEPORTE
- CAPÍTULO VI - De las Oficinas Regionales de la CAAD

```text
Artículo 139. El personal encargado de las Oficinas Regionales tendrá las siguientes funciones:

I.	Recibir toda la documentación que por cualquiera de los medios la Ley establece, siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción de los mismos, asentando en el original y en la copia de acuse correspondiente, mediante reloj fechador o sello oficial, la fecha y la hora de su recepción y, en su caso, el número de anexos que se acompañen;

II.	Llevar e instrumentar los registros que se consideren indispensables para el mejor y adecuado control de la documentación recibida;

III.	Registrar y enviar las promociones a la Secretaría General o, en su caso, al área correspondiente;

IV.	Realizar las actuaciones que al efecto se ordenen para el desahogo de los recursos y procedimientos que se tramitan ante la CAAD, previo acuerdo del Pleno;

V.	Elaborar los informes y reportes estadísticos que le sean requeridos por el Secretario General;

VI.	Resguardar la documentación recibida hasta su correspondiente envío;

VII.	Realizar todas las notificaciones, actuaciones y diligencias que les sean encargadas por el Secretario General por acuerdo del Pleno o su Presidente, verificando que los acuerdos o resoluciones contengan los requisitos indispensables para que proceda su notificación;

VIII.	Enviar, por correo certificado con acuse de recibo o mensajería personalizada, el acuse de recibo las notificaciones que deban realizarse en la región correspondiente, dándole el seguimiento que corresponda;

IX.	Asentar su fe pública con respecto de las notificaciones que practiquen en los expedientes que correspondan, debiendo conducirse siempre con estricto apego a la verdad, bajo la pena de incurrir en las responsabilidades que prevengan las leyes;

X.	Realizar actividades relacionadas con la capacitación, investigación y difusión académica en materia jurídica y deportiva;

XI.	Proporcionar orientación a las consultas realizadas por el público en general, respecto de las funciones y procedimientos que se llevan a cabo en la CAAD, y

XII.	Las demás que se deriven de la Ley, este Reglamento y de cualquier otra disposición aplicable.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte, artículo 139.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCFD.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
