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# REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte - Artículo 50

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO
- CAPÍTULO V - De la Participación de Selecciones Nacionales en Competiciones Internacionales

```text
Artículo 50. Las asociaciones deportivas nacionales de conformidad con la Ley, el presente Reglamento, sus Estatutos y demás ordenamientos jurídicos aplicables deberán proponer, con criterios objetivos a los Deportistas que han de integrar las preselecciones nacionales de sus respectivas disciplinas deportivas, que participarán en Eventos Deportivos oficiales de carácter internacional, o para la preparación de las mismas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte, artículo 50.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCFD.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
