---
regulation_key: "Reg_LGCFD"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "76"
article_label: "Artículo 76"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LGCFD"
canonical_path: "/Reg_LGCFD/articulo/76/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte - Artículo 76

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE
- CAPÍTULO III - De la Enseñanza, Investigación y Difusión

```text
Artículo 76. La CONADE emitirá la opinión técnica de la estructura curricular y docente cuando así lo soliciten las instituciones educativas; las asociaciones y sociedades: deportivas nacionales, de recreación, del Deporte en la rehabilitación, de cultura física-deportiva y de los entes de promoción deportiva que ofrezcan programas académicos en cualquiera de sus modalidades en materia de Cultura Física y Deporte, así como en dopaje en el Deporte.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte, artículo 76.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCFD.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
