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# REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte - Artículo 9

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL SISTEMA NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
- CAPÍTULO II - De las Instancias de Dirección del SINADE
- Sección Primera - Del Pleno del SINADE

```text
Artículo 9. El Pleno del SINADE tendrá las funciones siguientes:

I.	Conocer las actividades del Consejo Directivo, a través de los informes que éste le presente;

II.	Analizar y discutir las propuestas que presente el Consejo Directivo;

III.	Conocer las políticas y acciones en materia de desarrollo de la Cultura Física y del Deporte en el ámbito nacional, propuestas por el Consejo Directivo;

IV.	Instrumentar las estrategias que aseguren la ejecución de las políticas y acciones propuestas por el Consejo Directivo, y

V.	Las demás que establezcan la Ley, este Reglamento y demás ordenamientos aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte, artículo 9.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCFD.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
