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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General para el Control del Tabaco"
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article_label: "Artículo 52"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley General para el Control del Tabaco - Artículo 52

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco y Emisiones
- Capítulo Primero

```text
Artículo 52.- En materia de orientación, educación y prevención, las acciones derivadas de este Reglamento comprenderán lo siguiente:

I. 	La educación e información de la población sobre las graves consecuencias a la salud que conlleva fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina, la exposición al humo de tabaco y emisiones, la orientación y consejería para que evite iniciar el consumo de tabaco y la información para que se abstenga de fumar, consumir o tener encendido este tipo de productos en los lugares públicos;
Fracción reformada DOF 16-12-2022

II. 	La difusión de la información a la población sobre los beneficios de dejar de fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina, y la promoción de su abandono, y
Fracción reformada DOF 16-12-2022

III.	El apoyo a los fumadores, cuando lo soliciten, para abandonar el tabaquismo a través de las diferentes opciones terapéuticas existentes y el número telefónico que para el efecto implemente la Secretaría.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General para el Control del Tabaco, artículo 52.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGCT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
