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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable - Artículo 213

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - De las Medidas de Conservación Forestal
- Capítulo III - Conservación y Restauración

```text
Artículo 213. Para la formulación y desarrollo de los programas de restauración ecológica, tendentes a controlar los procesos de Degradación de tierras, de Desertificación o de desequilibrios ecológicos en Terrenos forestales o preferentemente forestales, la Comisión promoverá la participación de los sectores público, social y privado. Asimismo, promoverá y organizará las acciones voluntarias de Conservación, protección y Restauración forestal con los propietarios o Legítimos poseedores de los terrenos, mediante la celebración de convenios y demás instrumentos aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 213.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGDFS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
