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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social - Artículo 17

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO II - De la Política Nacional de Desarrollo Social
- Sección II - Del Padrón de Beneficiarios

```text
Artículo 17.- El Padrón de Beneficiarios es un instrumento de política social que tiene por objeto:

I.	Conocer las características demográficas y socioeconómicas de los beneficiarios de los programas de desarrollo social;

II.	Homologar y simplificar la operación de los programas de desarrollo social;

III.	Hacer eficiente el otorgamiento de servicios y subsidios;

IV.	Obtener información para el seguimiento y evaluación de los programas de desarrollo social;

V.	Garantizar el cumplimiento de los criterios y requisitos de elegibilidad previstos en los programas de desarrollo social y evitar la duplicidad en la asignación de apoyos o servicios dentro de un mismo programa;

VI.	Verificar que las personas que reciban los apoyos o servicios, correspondan con la población objetivo definida en las reglas de operación de cada programa de desarrollo social;

VII.	Determinar la cobertura poblacional y territorial de los programas de desarrollo social para apoyar con mayor efectividad el desarrollo de los beneficiarios;

VIII.	Determinar las necesidades de atención y la aplicación de los programas de desarrollo social especificados en el Plan Nacional de Desarrollo;

IX.	Promover la corresponsabilidad por parte de los beneficiarios;

X.	Transparentar la operación de los programas de desarrollo social, permitir la oportuna rendición de cuentas y prevenir abusos, discrecionalidad, desviaciones o actos de corrupción en el otorgamiento de apoyos o servicios del Gobierno Federal hacia los particulares, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y

XI.	Aprovechar las tecnologías de la información y comunicaciones, incluida la geo-referenciación de datos múltiples.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social, artículo 17.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGDS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
