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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social - Artículo 20

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO II - De la Política Nacional de Desarrollo Social
- Sección II - Del Padrón de Beneficiarios

```text
Artículo 20.- Cuando los beneficiarios proporcionen información socioeconómica falsa con el objeto de recibir indebidamente los apoyos y servicios contenidos en los programas de desarrollo social, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal procederán a suspender, en lo sucesivo, la ministración de los mismos. En caso de que ya se hubieren otorgado, solicitarán su reintegro, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que procedan, con base en el procedimiento que determinen las disposiciones legales correspondientes.

El afectado podrá recurrir la resolución en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social, artículo 20.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGDS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
