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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social - Artículo 45

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VII - Del Sistema Nacional de Desarrollo Social
- Sección II - De los Convenios de Concertación

```text
Artículo 45.- En los convenios de concertación se precisarán las aportaciones de la Federación, de los sectores social y privado y, en su caso, de los organismos internacionales, para el desarrollo de las acciones, obras, programas y servicios de desarrollo social que se convengan. Asimismo, se precisarán las aportaciones que realicen las Entidades Federativas y los municipios.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social, artículo 45.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGDS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
