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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social - Artículo 62

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VIII - De la Participación Social
- Sección III - De las Convocatorias

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Artículo 62.- Las convocatorias deberán darse a conocer a través de los medios masivos de comunicación que garanticen el acceso de la sociedad a la información, además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social, artículo 62.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGDS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
