---
regulation_key: "Reg_LGEEPA_MAAA"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "10"
article_label: "Artículo 10"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LGEEPA"
canonical_path: "/Reg_LGEEPA_MAAA/articulo/10/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales - Artículo 10

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEGUNDO - PROGRAMA NACIONAL DE AUDITORÍA AMBIENTAL
- SECCIÓN I - Generalidades

```text
Artículo 10. La Procuraduría o, en su caso, la Agencia, según corresponda, con sus propios recursos, verificarán en cualquier momento el cumplimiento de las disposiciones del presente ordenamiento en aquellas Empresas que se encuentren desarrollando una Auditoría Ambiental con fines de obtener o renovar el Certificado.
Artículo reformado DOF 31-10-2014
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales, artículo 10.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGEEPA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
