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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico"
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# REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico - Artículo 23

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO TERCERO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO GENERAL DEL TERRITORIO

```text
Artículo 23.- Para efectos del artículo anterior las áreas de atención prioritaria se identificarán en:

I.	Regiones donde se desarrollen proyectos, programas y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que generen o puedan generar conflictos ambientales con cualquier sector;

II.	Regiones que deban ser preservadas, conservadas, protegidas, restauradas, o que requieran el establecimiento de medidas de mitigación para atenuar o compensar impactos ambientales adversos, considerando entre otros, los siguientes elementos:

a.	Presencia de procesos de degradación o desertificación;

b.	Evidencia de contaminación de cauces, acuíferos, cuerpos de agua o suelos; 

c.	Áreas naturales protegidas y sus zonas de influencia; 

d.	Estructuras y procesos ecológicos necesarios para el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales;

e.	Áreas que sean consideradas de especial relevancia para el país por su biodiversidad y características ecológicas; 

f.	Zonas de relevancia por su patrimonio escénico o paisajístico;

g.	Vulnerabilidad de los acuíferos y sus áreas de recarga; y

h.	Procesos de conversión de la cobertura natural; y

III.	Regiones en las que existan, al menos potencialmente, conflictos ambientales o limitaciones a las actividades humanas generadas por:

a.	La susceptibilidad a desastres naturales;

b.	Los posibles efectos negativos del cambio climático;

c.	La localización de las actividades productivas y de aprovechamiento de los recursos naturales; y 

d.	La localización de los asentamientos humanos y sus tendencias de crecimiento en términos de la Ley.

La aplicación de los criterios mencionados en las fracciones II y III de este artículo estará sujeta a los lineamientos que la Secretaría expida al efecto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico, artículo 23.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGEEPA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
