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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico"
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article_label: "Artículo 27"
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# REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico - Artículo 27

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO TERCERO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO GENERAL DEL TERRITORIO

```text
Artículo 27.- La Secretaría deberá someter la propuesta del programa de ordenamiento ecológico general del territorio a un proceso de consulta pública, mediante la realización de las siguientes acciones:

I.	Publicar un aviso en el Diario Oficial de la Federación, en los diarios de mayor circulación nacional y en medios remotos o locales de comunicación electrónica, que señale el periodo y los lugares donde se pondrá a disposición del público la propuesta de programa de ordenamiento ecológico general del territorio;

II.	Poner a disposición del público durante 60 días hábiles en medios remotos o locales de comunicación electrónico, en las oficinas centrales, estatales y regionales de la Secretaría y en las oficinas de sus órganos desconcentrados;

III.	Establecer los espacios y los medios donde el público podrá manifestar sus observaciones; 

IV.	Emitir los lineamientos conforme a los cuales se desarrollará el proceso de consulta pública, así como para la presentación, análisis y registro de las observaciones y propuestas que se reciban en la bitácora ambiental; y

V.	Analizar las observaciones que se presenten durante el proceso de consulta pública, a efecto de que se consideren en el programa, y en caso de ser desechadas, argumentar las razones técnicas o jurídicas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico, artículo 27.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGEEPA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
