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regulation_key: "Reg_LGEEPA_MRETC"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 24"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De la Organización del Registro

```text
Artículo 24. Los servidores públicos que integren la información a la Base de datos se encargarán de:

I.	Revisar e inscribir la información de emisiones y transferencia de contaminantes, y sustancias sujetas a reporte de competencia federal contenidas en la Cédula y concentrarla en los archivos que para tal efecto se destinen;

II.	Integrar al Registro las Bases de datos que proporcionen el Gobierno del Distrito Federal, los Estados y en su caso, los Municipios;

III.	Mantenerla actualizada, de acuerdo a la información que proporcionen los establecimientos sujetos a reporte, conforme a los procedimientos establecidos en este Reglamento, y

IV.	Sistematizar la información estadística sobre los datos inscritos y contenidos en la Base de datos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGEEPA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
