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regulation_key: "Reg_LGEEPA_MRETC"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 26"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo IV - De la Difusión de la Información Contenida en la Base de Datos del Registro

```text
Artículo 26. La Secretaría publicará un Informe Anual el cual se difundirá por medios electrónicos o impresos y será únicamente con fines de información y consulta.

La Secretaría dará a conocer una versión preliminar del Informe Anual en un periodo no mayor a 60 días naturales antes de la publicación definitiva de dicho Informe, a efecto de que los establecimientos sujetos a reporte revisen que la información preliminar coincida con lo reportado a la Secretaría. En caso de haber discrepancia, los interesados podrán solicitar por escrito, en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de la publicación de la versión preliminar del informe las aclaraciones a que haya lugar.

Tratándose de las Actividades del Sector Hidrocarburos, la Secretaría, por conducto de la Agencia, atenderá las aclaraciones a que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, integrará la información correspondiente en la versión definitiva del Informe Anual.
Párrafo adicionado DOF 31-10-2014
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGEEPA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
