---
regulation_key: "Reg_LGIFE"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "22"
article_label: "Artículo 22"
article_type: "ordinary"
canonical_path: "/Reg_LGIFE/articulo/22/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa - Artículo 22

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LA PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA INFE

```text
Artículo 22.- La planeación para el desarrollo de la INFE se llevará a cabo a partir de los resultados de los Diagnósticos registrados en el Sistema de Información. Dicha planeación tendrá el propósito de definir las estrategias y prioridades que permitan alcanzar los objetivos de la política educativa en materia de la INFE determinados en los planes y programas federales, estatales y municipales.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, artículo 22.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
