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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional"
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# REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional - Artículo 135

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL DESARROLLO POLICIAL
- Capítulo VI - De la Conclusión del Servicio

```text
Artículo 135. Una vez ejecutada la baja en cualquiera de sus supuestos, la Dirección General de Recursos Humanos, deberá realizar las gestiones necesarias ante la Coordinación de Administración y Finanzas para actualizar los registros contenidos en las bases de datos correspondientes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional, artículo 135.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
