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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Población"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Población - Artículo 33

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEGUNDO - Política de Población
- SECCIÓN V.- Distribución de la Población

```text
Artículo 33.- En el marco de las políticas de desarrollo nacional, el Consejo promoverá los programas y medidas que contribuyan a regular la migración interna, para lograr una mejor distribución demográfica, considerando las potencialidades y necesidades de la población que reside en las diversas comunidades y regiones del país, el acervo de recursos disponibles en cada región, y el potencial de desarrollo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Población, artículo 33.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
