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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Población"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Población - Artículo 8

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEGUNDO - Política de Población
- SECCIÓN I.- Planeación Demográfica

```text
Artículo 8.- Las dependencias incluirán en sus programas las actividades y los recursos necesarios para realizar los programas formulados en el seno del Consejo, del Instituto y de la Comisión Nacional de la Mujer. La Secretaría promoverá ante las entidades de la Administración Pública Federal su participación en los términos señalados anteriormente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Población, artículo 8.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
