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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil - Artículo 14

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo V - De la Imagen Institucional del Emblema Distintivo del Sistema Nacional

```text
Artículo 14. La imagen institucional del emblema con el que se identifica al Sistema Nacional estará compuesto por los siguientes elementos:

I.	Un triángulo equilátero dentro de un círculo;

II.	El escudo azteca denominado Chimalli que tiene forma de disco o rodela y estará alrededor del emblema referido en la fracción anterior, y

III.	Al calce llevará la leyenda “Sistema Nacional de Protección Civil” soportada por una pleca tricolor y debajo de la misma se encontrará la palabra “México”.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil, artículo 14.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
