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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil - Artículo 60

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo XI - De los Comités Científicos Asesores del Sistema Nacional

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Artículo 60. La Coordinación Nacional establecerá los mecanismos necesarios para fomentar la transversalidad de los Comités Científicos Asesores del Sistema Nacional en sus actividades y la vinculación y participación multidisciplinaria con otras instancias académicas y de investigación, así como el seguimiento en la atención de las opiniones o recomendaciones a que se refiere el artículo anterior.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil, artículo 60.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
