---
regulation_key: "Reg_LGPC"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "94"
article_label: "Artículo 94"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LGPC"
canonical_path: "/Reg_LGPC/articulo/94/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil - Artículo 94

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo XV - De la Cultura de Protección Civil

```text
Artículo 94. Con el fin de fomentar la Cultura de Protección Civil, la Coordinación Nacional promoverá ante las autoridades educativas competentes que los planes y programas de estudio oficiales aplicables y obligatorios en la República Mexicana, en todos los niveles educativos, incluyan contenidos temáticos de Protección Civil y de la Gestión Integral de Riesgos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil, artículo 94.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
