---
regulation_key: "Reg_LGPGIR"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "146"
article_label: "Artículo 146"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LGPGIR"
canonical_path: "/Reg_LGPGIR/articulo/146/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos - Artículo 146

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - REMEDIACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS
- CAPÍTULO II - Programas de Remediación
- Sección V - Propuestas de remediación

```text
Artículo 146.- Cuando se trate de emergencias la Secretaría evaluará la propuesta de remediación y resolverá dentro del término de treinta hábiles.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, artículo 146.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPGIR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
