---
regulation_key: "Reg_LGPSEDMTP"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "69"
article_label: "Artículo 69"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LGPSEDMTP"
canonical_path: "/Reg_LGPSEDMTP/articulo/69/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos - Artículo 69

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL FONDO
- CAPÍTULO ÚNICO

```text
Artículo 69. Los recursos del Fondo serán administrados a través de un fideicomiso público. La administración del Fondo deberá permitir la identificación de los distintos conceptos que lo integran, los cuales serán materia del contrato que para tal efecto se lleven a cabo y de las Reglas de Operación que se emitan respecto del mismo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, artículo 69.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPSEDMTP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
