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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos"
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article_label: "Transitorio SEXTO"
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# REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos - Transitorio SEXTO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
SEXTO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que por su ámbito de competencia proporcionen atención directa a las víctimas, ofendidos o testigos de los delitos en materia de trata de personas contarán con un plazo de ciento veinte días hábiles siguientes a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, para diseñar, implementar y, en su caso, modificar planes y programas en materia de trata de personas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, artículo transitorio-sexto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPSEDMTP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
