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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia"
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article_label: "Transitorio Segundo"
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# REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia - Transitorio Segundo

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

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Segundo.- El apartado de la página electrónica a que se refiere el artículo 40 de este Reglamento, deberá ponerse a disposición de la ciudadanía a más tardar dentro de los treinta días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, artículo transitorio-segundo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGPSVD_040521.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
