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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad"
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article_label: "Artículo 61"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad - Artículo 61

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - Publicidad de productos de perfumería y belleza
- Capítulo único

```text
ARTÍCULO 61. No se podrá realizar publicidad de productos de perfumería y belleza cuando:

I.	Atribuya a estos productos cualidades terapéuticas, preventivas o rehabilitatorias;

II.	Insinúe modificaciones de las proporciones del cuerpo, y

III.	Presente a estos productos como indispensables para la vida del ser humano.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, artículo 61.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
