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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional - Artículo 14

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO I - Disposiciones Generales

```text
ARTICULO 14.-La Secretaría notificará, por la vía más rápida, a la Organización Mundial de la Salud las medidas adoptadas, sean temporales o permanentes, en materia de Sanidad Internacional especialmente las restricciones que se impongan, por motivos sanitarios, al tránsito de personas y de carga.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional, artículo 14.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
