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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional"
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article_label: "Artículo 45"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional - Artículo 45

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO III - Sanidad Marítima, Aérea y Terrestre

```text
ARTICULO 45.-La desinfección, la desinsectación y las demás operaciones sanitarias deberán practicarse de conformidad con los siguientes principios:

I.-Que no causen molestias innecesarias a las personas ni daño alguno a su salud;

II- Que no ocasionen desperfectos en las estructuras de las embarcaciones, aeronaves u otros vehículos ni en su maquinaria y equipo;

III.-Que no den lugar a ningún riesgo de incendio, y

IV.-Que cuando las operaciones se practiquen sobre la carga, se tomen las precauciones para evitar cualquier desperfecto.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional, artículo 45.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
