---
regulation_key: "Reg_LGS_MSI"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "transitorio-segundo"
article_label: "Transitorio SEGUNDO"
article_type: "transitory"
parent_law_key: "LGS"
canonical_path: "/Reg_LGS_MSI/articulo/transitorio-segundo/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional - Transitorio SEGUNDO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
SEGUNDO.-Se abroga el Reglamento de Sanidad Marítima de la República Mexicana, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 15 de noviembre de 1894 y se derogan las demás disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y Cinco.-Miguel de la Madrid H. - Rúbrica.-El Secretario de Gobernación Manuel Bartlett Díaz.-Rúbrica.-El Secretario de Relaciones Exteriores, Bernardo Sepúlveda Amor.-Rúbrica.-El Secretario de Marina, Miguel Angel Gómez Ortega.-Rúbrica.-El Secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos, Eduardo Pesqueira Olea .-Rúbrica.-El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Daniel Díaz Díaz.-Rúbrica.-El Secretario de Salud, Guillermo Soberón Acevedo.-Rúbrica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional, artículo transitorio-segundo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
