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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes"
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article_label: "Artículo 73"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes - Artículo 73

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - LA TRANSPORTACIÓN Y EMBALAJE DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS
- Capítulo Único - De la Transportación y Embalaje de Órganos, Tejidos y Células

```text
Artículo 73. Los contenedores a que se refiere el artículo anterior, deberán identificarse mediante un documento adherido que tendrá los siguientes datos:

I.	La leyenda “ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS PARA TRASPLANTE”;

II.	Tipo de Órgano, Tejido o célula;

III.	Nombre del Establecimiento de Salud donde se llevó a cabo la Extracción;

IV.	Nombre del Establecimiento de Salud que recibirá el Órgano, Tejido o célula, y

V.	Nombre del responsable del traslado.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes, artículo 73.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
