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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Turismo"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Turismo - Artículo 65

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - PROMOCIÓN Y FOMENTO AL TURISMO
- CAPÍTULO I - DE LA PROMOCIÓN TURÍSTICA

```text
Artículo 65.- La información turística cuya difusión pública impulse la Secretaría, consistirá en mapas, guías turísticas y los datos relativos a un Destino Turístico, Región Turística o Entidad Federativa, en los que deberán indicarse los atractivos naturales y culturales, distancias de los recorridos, así como los Productos y Servicios Turísticos, tales como alojamiento, restaurantes, comercios, servicios de emergencia y demás información que se considere indispensable para el Turista.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Turismo, artículo 65.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
