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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Turismo"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Turismo - Artículo 70

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - PROMOCIÓN Y FOMENTO AL TURISMO
- CAPÍTULO II - DEL FOMENTO A LA ACTIVIDAD TURÍSTICA

```text
Artículo 70.- La Secretaría brindará orientación y asesoría a los inversionistas nacionales y extranjeros, respecto de proyectos y negocios que fomenten la inversión en el sector turístico del país.

La Secretaría, en coordinación con el Fondo y de acuerdo a los estudios y proyectos que dicha paraestatal haya realizado para identificar zonas que pueden ser aprovechadas, gestionará con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, los Estados, Municipios y el Distrito Federal las acciones necesarias para promover proyectos productivos y de inversión.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Turismo, artículo 70.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
