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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Turismo"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley General de Turismo - Transitorio Décimo Cuarto

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
Décimo Cuarto.- La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación, dentro de un plazo de noventa días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, la convocatoria de inscripción de los Prestadores de Servicios Turísticos en el Registro Nacional de Turismo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Turismo, artículo transitorio-decimo-cuarto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
