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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas - Artículo 52

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
- CAPÍTULO VIII - DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERAL
- SECCIÓN I - DISPOSICIONES GENERALES

```text
Artículo 52. La Asesoría Jurídica Federal proporcionará asesoría completa y clara sobre los recursos y procedimientos judiciales, administrativos o de otro tipo con que cuenten las víctimas, así como sobre el conjunto de derechos de los que sean titulares.

La Asesoría Jurídica Federal podrá solicitar la información que resulte pertinente a las dependencias y entidades competentes y a las autoridades que integran el Sistema.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas, artículo 52.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGV.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
