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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre - Artículo 75

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - CONSERVACIÓN DE LA VIDA SILVESTRE
- CAPÍTULO SEGUNDO - Áreas de Refugio para Proteger Especies Acuáticas

```text
Artículo 75. Una vez que se logren revertir o eliminar las amenazas señaladas en los estudios justificativos que dieron origen al establecimiento de áreas de refugio para proteger especies acuáticas, la Secretaría podrá proceder a dejarla sin efectos, para lo cual publicará en el Diario Oficial de la Federación el correspondiente acuerdo abrogatorio.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre, artículo 75.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGVS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
