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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre"
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# REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre - Transitorio DÉCIMO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

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DÉCIMO. La Secretaría, durante el plazo de ciento veinte días naturales contados a partir de la fecha en que entre en vigor el presente Reglamento, dará a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, los formatos, manuales e instructivos previstos en este ordenamiento.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, José Luis Luege Tamargo.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio Frenk Mora.- Rúbrica.
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## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre, artículo transitorio-decimo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGVS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
