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# REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre - Transitorio SÉPTIMO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

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SÉPTIMO. La Secretaría instalará los grupos de trabajo para elaborar las normas oficiales mexicanas relativas a los lineamientos para los sistemas de marca adecuados, eficaces y seguros, dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre, artículo transitorio-septimo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LGVS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
