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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
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article_label: "Artículo 17"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 17

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad
- Título primero - Disposiciones generales
- Capítulo V - Del régimen internacional de la normalización y de la Evaluación de la Conformidad

```text
Artículo 17. La identificación de las Desviaciones Técnicas se debe establecer en el capítulo que se denomine “Concordancia con Normas Internacionales” de las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Oficiales Mexicanas de Emergencia o Estándares, de manera precisa, clara y congruente, en tanto que la justificación debe partir de la necesidad de adaptar dichos instrumentos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 17.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
